1. ¿A quién le corresponde?
• Trabajadores no registrados, que ganen menos del salario mínimo, vital y móvil.
• Desocupados.
• Servicio doméstico.
Se pagará a uno solo de los padres, tutor curador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado.
2. ¿Qué requisitos debe cumplir?
• El límite de edad de los hijos para percibir dicha asignación será de 18 años.
• Para los hijos discapacitados no hay tope de edad.
• Los hijos deben ser argentinos nativos o tener al menos tres años de residencia en el país.
• El titular debe poseer el Documento Nacional de Identidad (DNI).
3. ¿Cuáles son los pasos a seguir?
El primer paso es verificar si está registrado en las Bases de ANSES. Usted lo puede consultar en:
• www.anses.gob.ar, en la sección “Trámites en línea”.
• Número telefónico gratuito 130.
• Enviando un mensaje de texto al 26737 con la palabra “hijos”, luego dejando un espacio, y agregando el número de DNI del padre/madre, luego otro espacio, y después la letra M o F según sea del sexo masculino o femenino. El sistema le informará cuántos hijos tiene registrados. Si no están registrados, deberán acercarse a los lugares habilitados.
En el interior del país también puede dirigirse a:
• Oficinas del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
• Oficinas de Empleo locales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
4. ¿Quiénes no deben concurrir a las delegaciones de ANSES?
Aquellas personas con hijos menores de 18 años, que alguna vez trabajaron en blanco y hoy estén desempleadas, o estén trabajando en el mercado informal, o se encuentren percibiendo planes sociales como el Plan Familias, NO DEBEN ACERCARSE A LAS DELEGACIONES DE ANSES porque el pago será AUTOMÁTICO a partir del 1° de diciembre.
5. ¿Quiénes sí deben acercarse a una delegación de ANSES?
Sólo aquellas personas que NO ESTÁN REGISTRADAS deberán presentarse en las oficinas de Ministerio de Desarrollo Social, oficinas de Empleo del Ministerio de Trabajo y en las delegaciones de ANSES con el original y fotocopia del DNI de cada uno de los integrantes del grupo familiar y las partidas de nacimiento de cada hijo.
SIN ESTA DOCUMENTACIÓN NO PODRÁN REALIZAR EL TRÁMITE
6. ¿Cuándo se abona?
A partir del 25 de noviembre podrá saber cuándo y dónde cobrará la asignación consultando en:
• www.anses.gob.ar, en la sección Trámites en línea.
• Número telefónico gratuito 130.
• Enviando un mensaje de texto desde su celular al 26737, con la palabra “COBRO”, luego dejando un espacio, y agregando el número de DNI del padre/madre, luego otro espacio, y después la letra M o F según sea del sexo masculino o femenino.
Los pagos comenzarán a realizarse a partir del 1° de diciembre y consistirá en una suma mensual de 180 pesos por hijo, y 720 pesos por hijo con discapacidad.
7. ¿Debe presentar alguna documentación adicional?
Si bien la Asignación Universal por Hijo comienza a cobrarse en el mes de diciembre, durante el mes de marzo de 2010, deberá presentarse la siguiente documentación para continuar percibiendo la prestación:
• hasta los cuatro años, control sanitario y el plan de vacunación obligatoria.
• a partir de los 5 años, adicionalmente, deberá acreditarse la concurrencia a establecimientos educativos públicos.
8. ¿Cuánto se pagará?
La suma es de $180 por mes, por cada hijo (máximo 5)
• el 80% de la asignación ($144) se abonará todos los meses.
• el 20% restante ($36) se abonará cuando se presente la documentación que corrobore el cumplimiento del plan de vacunación y la finalización del ciclo lectivo anterior para los mayores de 5 años.
• Para los hijos con discapacidad la suma es de $720.
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